Pablo no tenía ni idea de lo que era una “Regla de Equidad” ni una “Regla Proporcional” pero tardaría poco en saberlo.
Sí sabía que, de vez en cuando, en España sufrimos lo que se llaman “Tormentas Ciclónicas Atípicas” y había oído hablar de la existencia de algo llamado “Consorcio”.
Hasta ese momento estas eran cuestiones de los telediarios, pero también eso iba a cambiar.
Pablo se dedicaba al negocio que heredó de su padre: la venta, mantenimiento y reparación de maquinaria agrícola y, especialmente, de tractores. El negocio iba bien así que compró una nave en el nuevo polígono y financió lo máximo que le permitieron: un 60% de los 600.000€ que le costó la ganga; realmente valía más, cerca del millón, pero se la compró al banco procedente de un cliente almacenista embargado.
Contratando el seguro de la nave le mejoraron un poco el interés del préstamo y casi costaba lo mismo que con el corredor de confianza de Pablo.
En la nave tenía una bonita exposición con tractores nuevos y un amplio taller con su almacén de recambios y oficinas.
El día que todo cambió fue el día en que la Tormenta Ciclónica Atípica se presentó con toda su artillería. Destrozó el escaparate y arrancó una buena parte de la cubierta de la nave colapsando materiales del muro de cerramiento sobre el interior y causando que la lluvia, de gran intensidad, afectara a todo lo que había dentro.
Los daños en el edificio se presupuestaron en 175.000€ y en el interior se habían perdido los bienes de la oficina, ordenadores, centralita y copiadora incluidos. Dos tractores nuevos tenían daños con lo cual había que repararlos y perderían valor y tres tractores de clientes habían resultado dañados. A las pocas semanas el Consorcio le dijo que:
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Debían aplicarle Regla proporcional al edificio porque el banco había asegurado el valor hipotecado (360.000€) cuando el valor de reconstrucción de la nave era de 800.000€ por lo que calculaban una reducción de la indemnización del 55%
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Asimismo, debían aplicarle Regla de Equidad porque al asegurar el banco no cambió que se trataba de un almacén, aunque en realidad era un taller, así que el Consorcio había cobrado una tasa del 0.18 por mil cuando debería haberla cobrado del 0.21 por mil. Por esto aplicarían otra reducción del 14.29% sobre edificio y sobre el contenido.
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Asimismo, le comunicaron que no indemnizarían la Pérdida de Beneficios por no haberla contratado y que tampoco indemnizarían los daños a los vehículos de clientes en el taller dado que no había declarado bienes de terceros en depósito.
En resumen: un seguro mal hecho le iba a dejar pérdidas superiores a los 110.000 € en edificio y con importantes pérdidas en el contenido y sin capacidad para responder ante sus clientes por los daños que habían sufrido sus tractores mientras Pablo los tenía en custodia.
Y, para acabar de arreglar el problema, estaría meses sin generar dinero con que mantener sus gastos fijos. Esa empresa con dos generaciones de historia cerró para siempre.